Disp. 229/2020 – ANSV –  LINTI:   SE RESTABLECE EL DICTADO DE CURSOSDisp. 229/2020 – ANSV –  LINTI:   SE RESTABLECE EL DICTADO DE CURSOSDisp. 229/2020 – ANSV –  LINTI:   SE RESTABLECE EL DICTADO DE CURSOSDisp. 229/2020 – ANSV –  LINTI:   SE RESTABLECE EL DICTADO DE CURSOS
  • INICIO
  • HISTORIA
  • DIRECTIVOS
  • NOVEDADES
  • CURSOS
  • SOCIOS
  • CONTACTO
✕

Disp. 229/2020 – ANSV – LINTI: SE RESTABLECE EL DICTADO DE CURSOS

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 229/2020

DI-2020-229-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2020

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, el plazo establecido por el artículo 3° de la Disposición N° DI-2020-109-APN-ANSV#MTR, prorrogado por las Disposiciones N° DI-2020-135-APN-ANSV#MTR, N° DI-2020-145-APN-ANSV#MTR, N° DI-2020-170-APN-ANSV#MTR y N° DI-2020-196-APN-ANSV#MTR, hasta tanto el Sr. Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, lo considere necesario y oportuno.

ARTICULO 2°: Restablézcase, a partir de la suscripción de la presente medida, el dictado de los cursos presenciales de verificación de competencias y formación continua exigidos por la Disposición ANSV N° DI-2019-48-APN-ANSV#MTR, para el otorgamiento y renovación de la Licencia Nacional de Conducir Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Los prestadores encargados del dictado de los cursos presenciales, deberán garantizar de manera obligatoria y previamente al inicio de sus actividades, las condiciones de higiene y seguridad para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, como así también del alumnado, dando estricto cumplimiento a las normas y protocolos sanitarios establecidas por las autoridades locales, como así también a las normas establecidas por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, plasmadas en el “Protocolo de trabajo para el dictado de Cursos de Formación Continua y Verificación de Competencias para la obtención/renovación de LiNTI en el marco de COVID 19”, que forma parte integrante de la presente Disposición como Anexo (DI-2020-34181969-APN-ANSV#MTR).

ARTICULO 3°: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, la vigencia de los exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos operen entre el 16 de junio y el 15 de julio inclusive del corriente año.

ARTICULO 4°: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 90 (noventa) días corridos a partir de su fecha de vencimiento, la vigencia de las matriculas de instructores y evaluadores teóricos y prácticos de los Centros Emisores de Licencia Nacional de Conducir, cuyos vencimientos operen entre el 16 de julio y el 15 de septiembre inclusive del corriente año.

ARTICULO 5°: Instrúyase a las áreas técnicas de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a realizar todas las gestiones necesarias y conducentes fin de adecuar los sistemas informáticos vinculados con la Licencia Nacional de Conducir y la Licencia Nacional de Trasporte Interjurisdiccional, de conformidad a lo dispuesto mediante la presente medida.

ARTICULO 6°: La AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL podrá prorrogar o abreviar los plazos dispuestos, en atención a lo que determine el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

ARTÍCULO 7°: La presente medida entrará en vigencia a partir de su suscripción.

Fecha de publicación 27/05/2020

Cursos

  • ÚLTIMA MILLA – CAPACITACIÓN EN CONDUCCIÓN PROFESIONAL PARA MUJERES
    7 de junio de 2024
  • CETAC MDP ABRE AULA LINTI EN BALCARCE
    6 de octubre de 2023
  • CURSO MANIPULACION DE ALIMENTOS
    25 de agosto de 2022
  • CETAC MDP FIRMO UN CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN CON LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL FACULTAD REGIONAL MAR DEL PLATA
    12 de abril de 2022
  • CURSO DE MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS
    9 de marzo de 2022

Novedades

  • LOS COSTOS DEL TRANSPORTE DE CARGAS SUBIERON UN 2.08% EN ENERO 2026
    4 de febrero de 2026
  • SEGUROS INTEGRALES PARA SOCIOS CETAC CON IMPORTANTES BENEFICIOS
    20 de enero de 2026
  • TRAS LA NUEVA SUBA DE DICIEMBRE, LOS COSTOS DEL TRANSPORTE AUMENTARON 37% DE INCREMENTO EN 2025
    7 de enero de 2026
  • MOVER UN CAMION EN ARGENTINA FUE 2,65% MAS CARO EN NOVIEMBRE
    3 de diciembre de 2025
  • LOS COSTOS DEL TRANSPORTE SUBIERON 3,27% EN OCTUBRE Y ACUMULAN 30,5% EN EL AÑO
    4 de noviembre de 2025
Logotipo Camara Empresaria del Transporte Automotor de Carga

Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Carga de Mar del Plata

Moreno 4263/67 (CPA: B7600GJG)
      Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina
(0223) 472-4158
gerencia@cetac.com.ar
Personeria jurídica Nº 12.575
      CUIT: 30-66618405-6

Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas
Powered by:
Mar del Plata Digital
- Mar del Plata

      WhatsApp us